La Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias ha realizado un informe en relación al escrito formulado por delegados sindicales del Ayuntamiento de Santa Pola, donde denuncian que varios agentes de la Policía Local de Santa Pola pertenecientes a la Unidad Fiscal no portan el uniforme reglamentario que establece la normativa vigente. En este informe explica los siguientes puntos:
Primero.- la Ley 4/2017, de 3 de febrero, de la Generalitat, por la que se crea la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, atribuye a esta las competencias en materia de coordinación de policías locales, en línea con lo dispuesto en Ley 17/2017 de 13 de diciembre, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana.
Segundo.- La uniformidad se considera un medio de favorecer la identidad corporativa al mismo tiempo que un instrumento que permite la identificación indultada de los funcionarios de la Policía por los ciudadanos. Esto es, la uniformidad cumple la misión de facilitar que el ciudadano pueda saber en todo momento quién es miembro de los Cuerpos de Seguridad y por tanto discriminarlo de otros cometidos relacionados o no con la seguridad pública. Y está formada, no solo por las prendas de vestir, sino que también por aquellos distintivos que juntos permitan esta indultada identificación.
Tercero.- La Generalitat Valenciana, en uso de la competencia de coordinación a que se refiere tanto el art. 8.1 c) de la anterior Ley 6/1999, de 19 de abril, de la Generalitat Valenciana, así como el 39 b) de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, dictó las normas por las que se establece el sistema de homogeneización y homologación de la uniformidad de las Policías Locales de la Comunidad Valenciana como medio para facilitar la identificación de este Cuerpo por parte de los ciudadanos, favorecer la modernización y dignificación de su imagen, y aumentar su eficacia y colaboración. Estas previsiones están recogidas en el Decreto 114/2005, de 17 de junio, de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, por el que se establece el sistema de homogeneización y homologación de la uniformidad de la Policía Local de la Comunidad Valenciana. En el Anexo I de la norma reglamentaria se describen las prendas de uniformidad.
Cuarto.- Dado que las funciones de coordinación atribuidas a la Agencia no incluyen la potestad sancionadora a los Ayuntamiento que incumplan dicha normativa, se ha considerado procedente trasladar al Ayuntamiento de Santa Pola que la Agencia ha sido informada de este extremo, haciéndole saber que de ser ciertas estas afirmaciones, deberá ajustar la uniformidad de los miembros de la Policía Local, en concreto los miembros de la Unidad Fiscal, a las previsiones del Decreto anteriormente citado.